Regularización extraordinaria 2026: guía para contratar legalmente a su empleada de hogar

Regularización extraordinaria 2026: guía para contratar legalmente a su empleada de hogar

Si emplea o planea contratar a una trabajadora del hogar en situación irregular, el proceso de regularización extraordinaria 2026 le ofrece una vía legal, rápida y sin sanciones retroactivas para formalizar la relación laboral. En esta guía le explicamos los requisitos, plazos y pasos concretos para que pueda prepararse antes de que se abra el plazo de solicitud en abril.

Infografía: calendario y pasos de la regularización extraordinaria 2026 para empleadas de hogar

Qué es la regularización extraordinaria de 2026

El Consejo de Ministros aprobó el 27 de enero de 2026 el inicio de la tramitación de un Real Decreto de regularización extraordinaria para personas extranjeras que ya residen en España. Esta medida recoge el espíritu de una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) respaldada por más de 700.000 firmas ciudadanas.

El proceso permitirá que trabajadores extranjeros sin autorización de residencia — incluidas empleadas del hogar — obtengan un permiso de residencia y trabajo temporal, siempre que cumplan los requisitos establecidos.

Estado actual: el Real Decreto se encuentra en fase de tramitación urgente. Aún no se ha publicado en el BOE, por lo que los requisitos definitivos podrían variar. La información de esta guía se basa en el comunicado oficial del Ministerio de Inclusión y en las preguntas frecuentes publicadas por el Gobierno.

Requisitos para acogerse al proceso

Según la información oficial disponible, las personas solicitantes deberán cumplir tres condiciones:

1. Residencia continuada en España

La persona trabajadora debe acreditar que reside en España de forma continuada desde al menos cinco meses antes del 31 de diciembre de 2025. Es decir, su llegada al país debe ser anterior a agosto de 2025.

La permanencia se puede demostrar combinando documentos públicos y privados:

  • Empadronamiento (certificado del padrón municipal)
  • Historial médico o tarjeta sanitaria
  • Contratos de alquiler o suministros (agua, luz, gas)
  • Extractos bancarios con movimientos en España
  • Correspondencia postal con fecha acreditada
  • Matrícula escolar de hijos menores

2. Carecer de antecedentes penales

La persona solicitante no puede tener antecedentes penales ni en España ni en su país de origen, y no debe suponer una amenaza para el orden público.

3. No estar incursa en causas de expulsión

No se podrán acoger al proceso quienes tengan una orden de expulsión vigente o se encuentren en otros supuestos de exclusión que se definan en el texto definitivo del Real Decreto.

Además, los solicitantes de protección internacional que hubieran presentado su solicitud antes del 31 de diciembre de 2025 también podrán acogerse a este proceso.

Plazos y calendario previsto

FaseFecha estimada
Aprobación por Consejo de Ministros27 de enero de 2026 (completado)
Publicación del Real Decreto en el BOEPendiente (se espera en marzo)
Apertura del plazo de solicitudesPrincipios de abril de 2026
Cierre del plazo de solicitudes30 de junio de 2026
Resolución de admisión a trámiteMáximo 15 días desde la solicitud
Resolución definitivaMáximo 3 meses desde la solicitud

Qué autorización se obtiene

La regularización concede un permiso de residencia temporal con autorización de trabajo que permite:

  • Trabajar en cualquier sector y en todo el territorio nacional
  • Darse de alta en la Seguridad Social desde el primer día
  • Acceder a sanidad, educación y prestaciones sociales

Duración: un año desde la concesión. Transcurrido este periodo, la persona deberá incorporarse a las vías ordinarias del Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024) para renovar o cambiar su situación administrativa.

Protección familiar

Los hijos e hijas menores de los solicitantes que se encuentren en España podrán regularizarse de forma simultánea, con un permiso de cinco años de duración.

Lo que más importa al empleador: sin sanciones retroactivas

Este es el punto clave para las familias y agencias empleadoras. El proceso de regularización extraordinaria está diseñado para fomentar la transición a la legalidad, lo que significa:

  • Los empleadores que formalicen el contrato dentro de este proceso no recibirán sanciones por los periodos previos de empleo irregular.
  • La admisión a trámite (máximo 15 días) ya habilita a la trabajadora para trabajar legalmente. No es necesario esperar a la resolución definitiva.
  • El empleador deberá tramitar el alta en la Seguridad Social y formalizar un contrato por escrito desde ese momento.

Recuerde que emplear a una trabajadora sin alta en la Seguridad Social puede suponer multas de entre 626 € y 6.250 €, además de la obligación de abonar cuotas atrasadas con recargo. Este proceso extraordinario le permite regularizar la situación sin esas consecuencias.

Cómo prepararse: documentación y pasos previos

Aunque el plazo de solicitud aún no está abierto, es recomendable que tanto la trabajadora como el empleador empiecen a reunir la documentación necesaria:

Para la trabajadora

  • Pasaporte o documento de identidad vigente
  • Certificado de antecedentes penales (del país de origen, apostillado o legalizado)
  • Certificado de empadronamiento actualizado
  • Documentación que acredite la permanencia en España (ver lista del apartado de requisitos)
  • Certificado de antecedentes penales español (Registro Central de Penados)

Para el empleador

  • Compromiso de contrato o contrato de trabajo firmado, adaptado a la normativa del servicio doméstico (RD 1620/2011 y RD-ley 16/2022)
  • Código de Cuenta de Cotización (CCC) ante la Tesorería General de la Seguridad Social, o estar preparado para solicitarlo
  • DNI o NIE del empleador
  • Certificado digital, Cl@ve PIN o DNI electrónico para trámites telemáticos

Condiciones del contrato

El contrato deberá cumplir con la normativa vigente para empleadas del hogar:

  • Salario mínimo: actualmente 1.184 €/mes en 14 pagas (SMI 2025, prorrogado hasta la aprobación del SMI 2026)
  • Jornada máxima: 40 horas semanales
  • Registro horario: obligatorio según la normativa vigente (consulte nuestra guía sobre registro horario)
  • Prevención de riesgos laborales: evaluación de riesgos obligatoria en el domicilio desde noviembre de 2025 (RD 893/2024), con sanciones de hasta 983.736 €
  • Cotización a la Seguridad Social: contingencias comunes, desempleo y FOGASA (con bonificación del 20% en contingencias comunes y 80% en desempleo/FOGASA)

¿Cuánto le costará exactamente? Use nuestra calculadora de SMI y cotizaciones 2026 para calcular el salario y las cuotas de Seguridad Social según las horas semanales de su empleada.

Preguntas frecuentes

¿Puede mi empleada trabajar mientras se tramita la solicitud?

Sí. Según la información oficial, la admisión a trámite de la solicitud — que se resolverá en un máximo de 15 días — ya permite a la persona trabajar de forma legal y darse de alta en la Seguridad Social.

¿Qué pasa si el Real Decreto cambia los requisitos?

El texto definitivo del Real Decreto aún no se ha publicado en el BOE. Los requisitos que aquí se detallan se basan en la información oficial del Consejo de Ministros y del Ministerio de Inclusión. Actualizaremos esta guía en cuanto se publique la norma definitiva.

¿Me pueden sancionar por el periodo que mi empleada trabajó sin papeles?

El proceso está diseñado para que los empleadores que formalicen la contratación durante la regularización no reciban sanciones por los periodos anteriores de irregularidad. No obstante, se recomienda consultar con un asesor legal para casos específicos.

¿Puedo regularizar a mi empleada si no lleva cinco meses en España?

No. La residencia continuada de al menos cinco meses antes del 31 de diciembre de 2025 es un requisito indispensable según la información actual.

¿Qué ocurre cuando expire el permiso de un año?

La persona deberá solicitar una autorización de residencia y trabajo a través de las vías ordinarias del Reglamento de Extranjería (arraigo, cuenta ajena, etc.). Si mantiene la relación laboral con contrato en vigor y cotizaciones al día, la renovación será más sencilla.

Conclusión

La regularización extraordinaria de 2026 representa una oportunidad única para formalizar la relación laboral con su empleada del hogar sin temor a sanciones. El plazo se abrirá previsiblemente en abril y se cerrará el 30 de junio, por lo que dispone de estos meses para preparar la documentación.

Le recomendamos:

  1. Reunir la documentación cuanto antes (empadronamiento, antecedentes penales, contrato)
  2. Preparar el contrato de trabajo conforme a la normativa del servicio doméstico
  3. Solicitar el Código de Cuenta de Cotización si aún no lo tiene
  4. Estar atento a la publicación del Real Decreto en el BOE para conocer los requisitos definitivos

Última actualización: 2 de febrero de 2026. Esta guía se actualizará cuando se publique el Real Decreto definitivo en el BOE.

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