Sanciones por incumplir la PRL en empleo del hogar: multas desde 2.451€

Sanciones por incumplir la PRL en empleo del hogar: multas desde 2.451€

El plazo para que los hogares españoles realicen la evaluación de riesgos laborales de sus empleadas domésticas ya ha vencido. El Real Decreto 893/2024 establece que desde noviembre de 2025, todos los hogares empleadores deben tener implementadas medidas de prevención de riesgos. Las sanciones por incumplimiento de la PRL en el empleo del hogar pueden alcanzar los 983.736€ en los casos más graves.

Si tienes una empleada de hogar contratada y aún no has evaluado los riesgos de su puesto de trabajo, este artículo te explica exactamente qué obligaciones tienes, cuánto pueden multarte y cómo cumplir con la normativa de forma sencilla.

¿Qué es el RD 893/2024 y por qué te afecta?

El Real Decreto 893/2024, publicado en el BOE el 11 de septiembre de 2024, es la norma que por primera vez extiende la Ley de Prevención de Riesgos Laborales al ámbito del servicio doméstico. Hasta ahora, los hogares empleadores estaban excluidos de estas obligaciones.

Fechas clave que debes conocer

FechaHito
12 de septiembre de 2024Entrada en vigor del RD 893/2024
14 de noviembre de 2025Plazo máximo para realizar la evaluación de riesgos
2026Obligatoriedad completa con posibilidad de inspecciones

El plazo de 14 meses desde la entrada en vigor ya ha transcurrido. Esto significa que cualquier hogar empleador puede ser inspeccionado y sancionado si no ha cumplido con sus obligaciones de prevención.

¿A quién afecta esta normativa?

La norma afecta a todos los hogares que tengan contratada a una empleada de hogar, independientemente de:

  • Las horas semanales trabajadas (jornada completa o parcial)
  • El tipo de tareas realizadas (limpieza, cuidado de personas, cocina)
  • Si la empleada es interna o externa

Si tienes un contrato de trabajo del hogar dado de alta en la Seguridad Social, estás obligado a cumplir con la PRL.

Obligaciones del empleador en prevención de riesgos

El RD 893/2024 adapta las obligaciones generales de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales al contexto específico del hogar. Estas son tus obligaciones como empleador:

1. Evaluación de riesgos laborales

Debes identificar y evaluar los riesgos específicos del puesto de trabajo. El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) ha desarrollado una herramienta simplificada para que cualquier empleador pueda realizar esta evaluación sin necesidad de contratar a un técnico.

Los principales riesgos a evaluar incluyen:

  • Riesgos ergonómicos: posturas forzadas, manipulación de cargas, movimientos repetitivos
  • Riesgos químicos: productos de limpieza, desinfectantes, lejía
  • Riesgos biológicos: contacto con residuos, cuidado de personas enfermas
  • Riesgos psicosociales: aislamiento, horarios, carga de trabajo

2. Adopción de medidas preventivas

Una vez identificados los riesgos, debes implementar medidas para eliminarlos o reducirlos:

  • Proporcionar guantes y mascarillas para el uso de productos químicos
  • Facilitar equipos de ayuda para manipulación de personas dependientes
  • Establecer pausas y rotación de tareas para prevenir lesiones musculoesqueléticas
  • Garantizar una ventilación adecuada durante las tareas de limpieza

3. Información y formación

Tienes la obligación de informar a tu empleada sobre:

  • Los riesgos específicos de su puesto de trabajo
  • Las medidas de prevención adoptadas
  • El uso correcto de los equipos de protección

Esta información debe proporcionarse de forma comprensible y, si es necesario, en el idioma que la trabajadora entienda.

4. Vigilancia de la salud

Debes ofrecer reconocimientos médicos periódicos a tu empleada. Aunque estos reconocimientos son voluntarios para la trabajadora, tú tienes la obligación de ofrecerlos y costearlos.

5. Documentación

Toda la actividad preventiva debe quedar documentada:

  • Evaluación de riesgos realizada
  • Medidas preventivas adoptadas
  • Formación impartida
  • Ofertas de vigilancia de la salud

Esta documentación es fundamental para demostrar el cumplimiento ante una posible inspección.

Cuantía de las sanciones por incumplimiento

Las infracciones en materia de prevención de riesgos laborales se clasifican y sancionan según la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS). Las cuantías actualizadas son:

Infracciones leves

GradoCuantía
Mínimo45€ - 485€
Medio486€ - 975€
Máximo976€ - 2.450€

Ejemplos de infracciones leves:

  • Falta de limpieza en el lugar de trabajo
  • No comunicar incidentes sin baja

Infracciones graves

GradoCuantía
Mínimo2.451€ - 9.830€
Medio9.831€ - 24.585€
Máximo24.586€ - 49.180€

Ejemplos de infracciones graves:

  • No realizar la evaluación de riesgos
  • No proporcionar formación en PRL
  • No facilitar equipos de protección individual
  • Incumplir la obligación de vigilancia de la salud

Infracciones muy graves

GradoCuantía
Mínimo49.181€ - 196.745€
Medio196.746€ - 491.865€
Máximo491.866€ - 983.736€

Ejemplos de infracciones muy graves:

  • Superar límites de exposición a agentes nocivos
  • No adoptar medidas ante riesgo grave e inminente
  • Incumplimientos reiterados que causen daños a la trabajadora

Criterios de graduación

La inspección tiene en cuenta varios factores para determinar el grado de la sanción:

  • Peligrosidad de las actividades realizadas
  • Número de trabajadores afectados
  • Gravedad de los daños producidos
  • Conducta general del empleador en materia de seguridad
  • Incumplimientos previos

Un hogar sin evaluación de riesgos documentada se expone a una sanción mínima de 2.451€ por infracción grave.

Infografía: Sanciones por incumplir la PRL en empleo del hogar

Cómo cumplir con la normativa paso a paso

Cumplir con la PRL en el hogar no requiere contratar servicios costosos. Sigue estos pasos:

Paso 1: Realiza la evaluación de riesgos

Utiliza la herramienta simplificada del INSST cuando esté disponible, o realiza una evaluación básica documentando:

  1. Las tareas que realiza tu empleada (limpieza, cocina, cuidado de personas)
  2. Los productos químicos que utiliza
  3. Los equipos o herramientas empleados
  4. Los riesgos identificados en cada tarea

Paso 2: Implementa medidas preventivas

Para cada riesgo identificado, adopta medidas concretas:

RiesgoMedida preventiva
Productos químicosGuantes de nitrilo, mascarilla FFP2, ventilación
Manipulación de cargasGrúa de transferencia, técnicas de movilización
Posturas forzadasPausas cada 2 horas, rotación de tareas
Suelos mojadosCalzado antideslizante, señalización

Paso 3: Informa y forma a tu empleada

Mantén una conversación documentada sobre:

  • Los riesgos específicos de su trabajo
  • Cómo usar correctamente los equipos de protección
  • Qué hacer en caso de accidente o emergencia

Puedes utilizar una hoja de información firmada por ambas partes.

Paso 4: Ofrece vigilancia de la salud

Aunque tu empleada puede rechazarlo, debes:

  1. Ofrecer por escrito un reconocimiento médico anual
  2. Conservar la documentación del ofrecimiento
  3. Si acepta, costear el reconocimiento en un centro autorizado

Paso 5: Conserva la documentación

Guarda todos los documentos durante al menos 4 años:

  • Evaluación de riesgos firmada
  • Registro de equipos de protección entregados
  • Hoja de formación e información firmada
  • Ofertas de vigilancia de la salud

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si no cumplo con la PRL?

Te expones a sanciones de entre 2.451€ y 983.736€ según la gravedad. Además, en caso de accidente laboral sin medidas preventivas, podrías ser responsable civilmente de los daños causados.

¿Quién realiza las inspecciones?

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social es el organismo competente. Pueden actuar de oficio o tras denuncia de la trabajadora.

¿Afecta a las empleadas a tiempo parcial?

Sí. La normativa se aplica a todas las relaciones laborales del hogar, independientemente de la jornada. Una empleada que trabaje 10 horas semanales tiene los mismos derechos de prevención.

¿Necesito contratar un servicio de prevención?

No necesariamente. La normativa permite que el empleador realice la evaluación utilizando herramientas simplificadas. Solo en casos de riesgos especiales (como cuidado de personas con enfermedades infecciosas) puede ser recomendable asesoramiento profesional.

¿Cuándo estará disponible la herramienta del INSST?

El RD 893/2024 establece que el INSST debe desarrollar la herramienta simplificada. Consulta periódicamente la web del INSST para acceder a ella cuando esté disponible.

Evita sanciones: actúa ahora

El plazo para cumplir con la evaluación de riesgos ya ha vencido. Cada día que pasa sin documentar tus obligaciones de PRL es un día más de exposición a posibles sanciones.

Si necesitas ayuda para gestionar correctamente la relación laboral con tu empleada de hogar, incluyendo el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos, puedes contactar con una agencia de colocación autorizada que te asesore en todo el proceso.


Fuentes oficiales:

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